La sentencia de la Corte Interamericana de los derechos humanos habla de las implicaciones compromiso de nuestro país al no respectar los derechos humanos y su proyección sobre el orden jurídico interno. Trata temas de real trascendencia y debate hoy en día como lo es el arraigo y la prisión preventiva; mismos que han sido objeto de debate centrados en cumplimiento o no de principios, normas y criterios del sistema tutelar de los derechos humanos.
La sentencia condena a México por violar el principio de presunción de inocencia y la libertad personal, por la imposición del arraigo y la prisión preventiva oficiosa. La sentencia refiere que se vulnero su obligación de adoptar disposiciones de derecho interno, refiriéndose al artículo 2 de la Convención Americana en relación el derecho a no ser privado de la libertad personal arbitrariamente; el control judicial de la privación de la libertad y el razonamiento del plazo de la prisión preventiva, a ser oído en audiencia, el principio de presunción de inocencia.
No se hacia alusión al fin de la aplicación de la prisión preventiva, ni a la obligación de hacer un análisis de la necesidad de la aplicación de la prisión preventiva frente a otras medidas menos lesivas para las personas que serán impuestas, concluyendo que el estado vulnero el derecho a no sr privado de su libertad personal, al control judicial, y a la presunción de inocencia.
Por: Lic. Karla Elizabeth González Ramírez.