El sistema de justicia en los últimos años ha ido transitado hacia una evolución. Los Juicios en las diversas materias van encaminadas a que se garantice el pago de la reparaciones del daño y a que los procesos tenga un enfoque de derechos humanos. En la practica podemos ver que incoar una acción judicial no siempre contribuye a resarcir el daño a las victimas; que las victimas buscan en el proceso su derecho a la verdad, como parte de la reparación del daño.
El saber popular enunciaba “ mas vale un mal arreglo, que un buen juicio”. Haciendo alusión a los factores que en muchas ocasiones pueden hacer un letargo en la obtención de la justicia, los cuales no únicamente son culpa del órgano Jurisdiccional; sino que convergen en uno mismo como: la falta de capacitación de los abogados, la escasez de infraestructura adecuada, la carga de trabajo y la actualización del personal. Todo ello produce en las victimas aunado al daño material e inmaterial uno daño más, el cual el Dr. Diego Eduardo López Medina, ha denominado “daño critogénico” y que se refiere precisamente al daño ocasionado por el sistema judicial, intrínsecamente por el Juez, lo abogados y el proceso.
A lo largo de la formación de los abogados en las escuelas, hemos escuchado que los abogados, somos agentes de resolución de conflictos; sin embargo en la realidad en muy diferente, los abogados como parte de su estrategia para ganar el juicio, inicial una escalada del conflicto, que poco a poco se va apersonando el abogado del asunto, que ven en ganar el juicio su prestigio y mas clientes, alejando de los intereses y necesidad de su cliente.
En la materia familiar los abogados en sus escritos utilizan una retorica exagerada de los hechos ocurridos, cargado de emotividad, lo que da impulso y argumento solido a las pretenciones de su cliente, enfocándose claramente en la responsabilidad del demandado, omitiendo las de su cliente. La dicotomía que acontece en los juicios poco a poco se va alejando de la verdad, entrando en la ambivalencia del proceso. Por si fuera poco, se le va sumando el cúmulo de acciones legales, aparentemente licitas, para persuadir al oponente.
Si bien, todas estas técnicas son propias de un abogado exitoso, muchas veces las partes no tienen verdaderamente consciencia de lo que esta pasando, empiezan a sentirse frustrados, confundidos y a veces molestos; pero ya no solamente por lo sucedido sino por lo que están interpretando de los procesos judiciales. No solo es cuestión de ética del abogado o bien que un abogado no inicia un Juicio para perder; es incuestionable que en el momento, en que se deshumaniza al cliente,(persona)y se vuelve un expediente, perdemos todos.
Los abogados deben tener en cuenta, que cuando las personas los consultan hacen un efecto terapéutico, porque les dan un sentido de seguridad y calman sus emociones, de forma parcial. Si bien los abogados no se encuentran capacitados para ello, hoy cuentan con alternativas para resolver los conflictos a través de las Mecanismos de Solución de controversias, quienes a través del dialogo y la comunicación asertiva que generan entre las partes pueden llegar acuerdos, que tiene valor de una sentencia.
El castigo da una señal al “castigado” de hizo moral y legalmente lo incorrecto. La Justicia coercitiva es necesaria, la embestidura del juez y los procesos judiciales; pero no para todo los casos, pues en muchos de ellos, debe prevalecer la relaciones entre partes, en otras porque el tiempo es un factor que juega en contra, para alcanzar el objetivo del juicio, como en los juicio de convivencia. Los mecanismos alternativos ofrecen entonces un opción eficiente, ágil y eficaz para resolver los conflictos mediante un buen arreglo, obviar, los vericuetos un mal juicio.
Por: Lic. Karla Elizabéth González Ramírez.