La gran reforma nacional por la que se crearon las candidaturas independientes, una figura de acceso a la representación popular, tiene la finalidad de brindar a la ciudadanía una opción distinta a la de los partidos políticos, dijo en entrevista con La Síntesis, el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Samuel Reséndiz Peñaloza.
El legislador local indicó a este medio que propuso en el Congreso de Guerrero, una iniciativa para lograr que “no se desvirtúe” la figura del candidato independiente, y, sobre todo, para “impedir que políticos profesionales utilicen este espacio ciudadano para conseguir lo que no logran en sus institutos políticos”.
El diputado de mayoría relativa por el Distrito VIII, que abarca parte de los municipios de Coyuca de Benítez y de Acapulco, dijo también que desde se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia político electoral, en 2014, fueron adecuadas todas las leyes secundarias.
En la anterior Legislatura del Congreso de Guerrero también se actualizaron los marcos jurídicos electorales introduciendo, en estos, las nuevas reglas derivadas de la reforma constitucional, por lo que se reformaron tanto la Constitución Política estatal, como la Ley No. 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales de Guerrero, dijo a La Síntesis el diputado presidente de la Comisión de Vigilancia y Evaluación de la Auditoría General del Estado (AGE).
Respecto a las candidaturas independientes, la Constitución Política de Guerrero las instituyó en su artículo 33, definiéndolas como “la postulación a un cargo popular, dejando satisfechos los requisitos de elegibilidad constitucional y legalmente establecidos y sin pertenecer a un partido político ya existente, ni requerir de su intervención”.
Por su parte, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha establecido que “Las candidaturas independientes tienen como finalidad abrir cauces a la participación ciudadana, sin condicionarla a la pertenencia a un partido político, es decir, como su nombre lo indica, se trata de personas ajenas a los partidos políticos, pues lo que se busca con ellas es evitar la participación o influencia de éstos en aquellos ciudadanos que aspiren a un puesto de elección popular por la vía independiente”.
Sin embargo, dijo el licenciado de Ciencias de la Comunicación por la Universidad Anáhuac, dijo que la Ley No. 483 de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero dedica actualmente a la regulación de las candidaturas independientes, más de 65 artículos, pero en ellos se omitió establecer los impedimentos para ser candidato independiente, lo que “dejó un vacío legal que es preciso subsanar”.
Por ello, dijo el Secretario de la Comisión de Recursos Naturales y Desarrollo Sustentable, que para “evitar interpretaciones forzadas o de contenido subjetivo”, es que “debe señalarse con claridad, objetividad y precisión, de manera explícita”, en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado, los impedimentos para ser candidato independiente.
“Al efecto, con el propósito de que no se desvirtúe el carácter independiente y ciudadano de los candidatos por esta vía, y se cumpla estrictamente con lo consagrado en el artículo 33 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; y sin que, de ninguna forma, se pretenda crear candados o restringir la participación y el derecho de los ciudadanos a ser votados sin ser postulados por un partido político”, dijo el ex presidente de la comisión de empresarios jóvenes de la Coparmex Acapulco.
Samuel Reséndiz propone que, quienes pretendan ser candidatos independientes no sean o hayan sido, presidente del comité ejecutivo nacional, estatal o municipal, dirigente, militante, afiliado o su equivalente, de un partido político, en los dos años anteriores al día de la elección en la que pretendan postularse.
Además, que quienes pretendan ser candidatos independientes no hayan participado como candidatos a cualquier cargo de elección popular postulados por partido político, en candidatura común o coalición en el proceso electoral federal o local inmediato anterior. Aunado a que no hayan participado en un proceso de selección interna de candidatos de algún partido político o coalición en el mismo proceso electoral.
Por último, el diputado priista propuso que quienes pretendan ser candidatos independientes no hayan desempeñado un cargo de elección popular, a menos que renuncien al partido por el que accedieron al cargo, dos años antes al día de la jornada electoral.
Esta propuesta excluye, dijo el diputado local, a los ciudadanos, simpatizantes o no de un partido político, que, por gozar, en opinión de los propios partidos, de prestigio personal, fama pública y popularidad se presume tienen un nivel de reconocimiento y aceptación social que pudiera hacerles ganar una elección.
“La idea central de esta propuesta, la de establecer causas de impedimento, es que el concepto de las candidaturas independientes no se desvirtúe. Es claro que la gran reforma nacional por la que se ha creado esta figura de acceso a la representación popular, tanto a nivel federal como estatal, plantea otorgar al elector una opción distinta a la de los partidos políticos”, dijo el legislador.
“Una vía democrática de acceso al poder, mediante el voto pasivo o activo, para aquellos que no confían o están decepcionados de los partidos políticos, o no quieren militar en ellos. Por ello, los candidatos independientes tienen que ser eso: independientes y libres”, aseguró el joven diputado.
“La figura de candidato independiente no debiera ser, tramposa o marginalmente, aprovechada por políticos partidistas ambiciosos o resentidos, para acceder al poder. Las candidaturas independientes son una opción para ciudadanos, no para políticos profesionales que, al no conseguir la postulación por un partido, pretenden encontrar por este camino alternativo lo que no pudieron lograr a través de un instituto político”, señaló Samuel Reséndiz.
Los militantes de un partido político o los precandidatos o candidatos externos y, también, quienes sin militar accedieron a un cargo de elección popular no pueden calificarse de independientes, dijo el diputado por Coyuca de Benítez y Acapulco.
“Al haber, primero, buscado ser electos por la vía de los partidos políticos y luego, que no lo lograron, pretendan hacerlo por medio de las candidaturas independientes, deteriora el régimen institucional de partidos, confunde a la ciudadanía y tuerce el sentido de la ley electoral”, finalizó el ex director del Instituto de la Juventud del Ayuntamiento de Acapulco.